Propiciar la agrupación de los asociados, con el objeto de vincularlos para la defensa de los intereses comunes para la información, relación, orientación y conciliación

Propiciar la solidaridad y colaboración comunes de la actividad hotelera, gastronómica y fines en orden económico y social.

Auspiciar y estimular la actividad hotelera, de restaurantes, confiterías, rotiserías, bares y afines, con el propósito de obtener un mejor desarrollo material, económico, turístico, moral y social de la Provincia.

Propender al estricto cumplimiento de las reglamentaciones que rigen la actividad hotelera, de restaurantes, confiterías, rotiserías, bares y afines.

Cooperar en toda iniciativa tendiente a la creación y funcionamiento de escuelas profesionales para el personal de las distintas actividades representadas por esta Asociación.

Propiciar, colaborar y propender a la formación de las infraestructuras necesarias para el desarrollo del turismo zonal y provincial.

Gestionar ante quien corresponda la suspensión o modificación de leyes, decretos, resoluciones u ordenanzas que considere perjudiciales para los intereses de sus asociados y buscar la colaboración de otras agrupaciones o asociaciones, siempre que sea necesaria su acción conjunta por la similitud de sus intereses.

Colaborar en forma directa con las autoridades nacionales, provinciales y comunales en el fomento del desarrollo del turismo interno y externo.

Crear las oficinas y organismos técnicos necesarios para su asesoramiento o el de sus asociados. Para ello podrá efectuar acuerdos con otras instituciones o asociaciones que persiguen los mismos propósitos.

Actuar como árbitro dentro de la esfera de acción, en los conflictos que pudieran suscitarse entre los asociados, entre éstos y miembros de otras asociaciones o entre los asociados y sus obreros o empleados, siempre y cuando dichas desaveniencias no fueren de índole gremial, política, religiosa o racial, aspectos que quedan terminantemente prohibidos por estos estatutos, así como la utilización de esta Asociación con fines de monopolio, trust u otra forma de coerción económica.

Podrá editar como órgano oficial un periódico, una revista u otro medio de comunicación, con las finalidades de orientación de la actividad propia y como principal medio de difusión.

Prestará total apoyo en todos los órdenes al establecimiento en el ramo de hotelería, restaurantes, confiterías, rotiserías, bares y afines, a las empresas netamente nacionales y en especial con radicación dentro de los límites de la Provincia de Santa Cruz.

Fomentará la armonía empresaria-obrera, mediante el contacto directo con las instituciones obreras debidamente organizadas, tratando de implantar un clima de comprensión recíproca.

Gestionará ante las autoridades pertinentes el acogimiento a los regímenes de promoción industrial existentes en la Provincia de Santa cruz y propondrá a los poderes pertinentes el dictado de un régimen de promoción hotelera para todo el ámbito de la Provincia, en concordancia a los existentes en otras zonas del país, especialmente promovidas por disposiciones nacionales y provinciales.

Tratará de lograr la implantación de frecuencias de transportes terrestres, aéreos y marítimos suficientes para la atención y servicios de los turistas que ingresan en la zona.

Peticionará a las instituciones bancarias oficiales y privadas, el establecimiento de una línea de créditos de fomento para la construcción, ampliación, refacción, amoblamiento, desenvolvimiento y equipamiento de los asociados, como así mismo a las obras necesarias para el establecimiento de las infraestructuras correspondientes a dicha promoción.

Propender a la solución de los problemas derivados de la falta de rentabilidad de las empresas asociadas en los períodos de baja temporada.